Ley N° 20.241

¿Qué es la Ley I+D?

La Ley N° 20.241: el Estado cofinancia el 52,55% de tu inversión en I+D. Esto es lo esencial.

Tu empresa

Desarrollas productos y procesos

Innovación

Parte de eso es I+D certificable

NUESTRO SERVICIO

Certificación CORFO

Nosotros la conseguimos por ti

Crédito tributario

35% crédito + 17,55% deducción

50% de vuelta

Recuperas la mitad del gasto

La paradoja chilena

Miles de empresas hacen I+D en Chile. Solo el 8,5% de ellas usa el beneficio.

Tu empresa probablemente ya financia I+D certificable — pagando el 100% del costo. La ley rige desde 2012, extendida hasta 2035.

0%

Crédito tributario directo

Se descuenta del Impuesto de Primera Categoría.

0,00%

Deducción como gasto

El 65% restante se deduce a la tasa corporativa.

0,00%

Ahorro fiscal total

Tu costo real: $47,45 por cada $100 invertidos.

Guía Ley N° 20.241

Lo que dice la ley, sin letra chica

Lo esencial de la Ley I+D directo de las fuentes oficiales: qué actividades califican, quién puede acceder y cómo se activa el beneficio.

Qué es I+D según la ley

INVESTIGACIÓN

Búsqueda metódica de nuevo conocimiento

Trabajos originales para generar nuevos conocimientos científicos o tecnológicos — básica (sin aplicación definida) o aplicada (dirigida a un objetivo práctico específico).

DESARROLLO EXPERIMENTAL

Nuevos productos, procesos o mejoras sustanciales

Trabajos sistemáticos que usan conocimiento existente para crear nuevos materiales, productos o servicios — incluido el software, cuando resuelve una incertidumbre científica o tecnológica.

Qué NO es I+D para la ley

  • Pruebas de un prototipo ya comercializable, con fin de venta
  • Mejoras y análisis rutinarios, repetitivos o menores
  • Modificaciones estéticas para diferenciar productos
  • Cambios periódicos o de temporada
  • Promoción de resultados de I+D
  • Compra de propiedad intelectual como objeto principal
  • Estudios de mercado y comercialización

Quién puede acceder

  • Persona natural o empresaDesde un empresario individual hasta una S.A. — cualquier contribuyente puede certificar.
  • Primera Categoría, renta efectivaDebes tributar en Primera Categoría declarando renta efectiva.
  • Contabilidad completaY llevar contabilidad completa. No se requiere inscripción previa en ningún registro.

Los números que importan

0 UTM

Monto mínimo del proyecto

~$7 millones CLP por empresa participante.

0 días

Plazo del aviso retroactivo

Desde el primer gasto, para acogerse con efecto retroactivo.

0 meses

Para formular tras el aviso

Plazo máximo para presentar la solicitud formal a Corfo.

0

Vigencia del beneficio

Proyectos certificados hasta el 31 de diciembre de 2035.

Las dos vías para activar el beneficio

VÍA 1

Certificación tradicional

Formulas el proyecto y postulas antes de gastar. Desde el día de la presentación ya deduces el 65% como gasto; certificado el proyecto, aplicas el crédito del 35%.

Ideal si el proyecto aún no parte.

VÍA 2

Manifestación de intención

¿Ya empezaste a gastar? Avisas a Corfo dentro de 30 días del primer desembolso y tienes 18 meses para formular. El beneficio aplica retroactivamente desde ese primer gasto.

Ideal si el proyecto ya está en marcha.

¿Dónde cae tu caso?

Evalúalo en minutos con nuestro agente de IA — entrenado con la ley, el reglamento y los criterios de Corfo. Solo te dirá lo que aplica a tu caso.

EVALUAR MI CASO →

Fuentes: Ley N° 20.241, Reglamento D.S. 102/2012 (Min. Economía) y documentación oficial de Corfo.

Tu puntaje I+D

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